viernes, 4 de octubre de 2013
NOTICIAS DE CUBA 38
JOSE ANTONIO CAMELLON
Corresponsal Cuba
Aclaran dudas sobre modificaciones en legislaciones penales
Dudas e interrogantes de la población sobre cambios recientes en legislaciones penales fueron respondidas hoy en el espacio radiotelevisivo Mesa Redonda, dedicado al tratamiento de este tema.
Directivos del Tribunal Supremo Popular, la Fiscalía General de la República y el Ministerio del Interior esclarecieron aspectos sobre lo estipulado en el Decreto Ley 310/2013, que modifica el Código Penal y la Ley de Procedimiento Penal.
También respondieron interrogantes acerca de lo recogido en el Decreto Ley 313/2013 del Consejo de Ministros, sobre el depósito, conservación y disposición de los bienes muebles que se ocupan en procesos penales y confiscatorios administrativos
Los principales planteamientos se centraron en la ampliación de la competencia de los tribunales municipales, la imposición de multas administrativas, la celeridad de los procesos y la seguridad para garantizar su desarrollo, entre otros aspectos.
Rafael Pino, vicefiscal general de la República de Cuba, señaló que las multas administrativas ya se aplicaban anteriormente para los delitos de hasta un año de privación de libertad, y su cuantía era de 200 a tres mil pesos, y en la actualidad corresponden de 500 a cinco mil o siete mil pesos si el delito es de hasta tres años de privación de libertad.
Indicó que para su aplicación se tienen que dar otros requisitos como la escasa peligrosidad y condiciones personales del comisor, y siempre con la aprobación del fiscal porque aumenta el marco sancionador y la cuantía de la multa.
El comisor debe satisfacer el pago de la multa en los 10 días hábiles siguientes a su imposición, y en caso de que no esté de acuerdo con esta medida el caso sigue y se ventila en los tribunales, precisó.
Oscar Manuel Silvera, vicepresidente del Tribunal Supremo Popular, destacó que con las nuevas competencias de los tribunales municipales aumenta la celeridad y calidad de los procesos, y se eliminan trámites innecesarios en tanto la formación de la sanción conjunta beneficia a quien extingue la sanción.
El público se pronunció además porque se incluya como medida el trabajo comunitario, se refuerce la seguridad en los tribunales en los casos que lo ameriten, y se actúe inflexiblemente contra lo mal hecho y la impunidad.
Al respecto, el coronel Félix Yanes, segundo Jefe de la Dirección General de Investigación Criminal y Operaciones del Ministerio del Interior, manifestó que existen las coordinaciones entre las entidades para que un juicio se desarrolle según los requerimientos y connotación de cada caso.
A la pregunta de que si los sancionados con anterioridad a la puesta en vigor de las modificaciones pueden acogerse a estas, Pino respondió que las leyes no son retroactivas.
Manifestó que no se modifican sanciones ni delitos, sino solo las competencias de los tribunales y aspectos del Código Penal y la Ley de Procedimiento Penal.
Recordó que se puede solicitar la revisión de un caso si se considera que existen elementos que así lo justifique.
Insistió en que se trabaja en la individualización de cada caso, partiendo de qué tipo de persona infringe la ley.
La persona, el hecho y las pruebas presentadas son elementos fundamentales a la hora de aplicar una sanción, aseveró.
Yanes apuntó que se ocupan solo aquellos bienes que tengan relación directa con el delito que se investiga, y se evalúa la devolución de lo que nada tenga que ver.
Agregó que todo depende de la demanda de la investigación y la racionalidad con que se actúe.
Se informó que el tribunal se responsabiliza con el fallo sobre los bienes y decide su legitimidad.
Silvera enfatizó que los tribunales siempre actuarán con rigor ante los delitos graves que afecten a la población, la sociedad y la economía, con una respuesta jurídico-penal justa, ética y proporcionada.
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