sábado, 12 de mayo de 2012
!HASTA CUANDO SENOR INSULSA! ?NO LE DA PENA?
¡HASTA CUÀNDO SEÑOR INSULSA! ¿NO LE DA PENA?
Se saltò el artìculo 78 de la Convenciòn interamericana.
Eligio Damas
Josè Miguel Insulza, Secretario General del Ministerio de Colonias gringo, entonces algo asì como un capataz panzudo, dijo en Quito, refirièndose a la manifestaciòn del presidente Chàvez y deseo de la mayorìa de los venezolanos, en virtud a còmo allì se nos atropella, que no era posible retirarse de la CIDDHH porque eso no està establecido en parte alguna. Argumentò que la carta Interamericana està prevista en la OEA y no es posible retirarse de la comisiòn sin hacerlo de esta organizaciòn. La Carta surge de los postulados de la OEA, pero surgiò con posteriodad, algo como veintiùn años despuès.
Insulza, es insulso, algo peor que eso y se hace el pendejo. De èl no se puede decir como una de mis tìas, tiene cara de pendejo bien administrada. No es posible porque lo pendejo se le nota a leguas aunque se crea un vivo porque le saca real a sus dobleces. Por eso mismo no se cansa ni apena de ponerla.
Si aplicamos su criterio, EEUU y Canada, al negarse a firmar el Acta que dio nacimiento a la comisiòn en 1969, habrìan renunciado a la OEA. Al no haberse visto aquèllo asì, entonces, como lo que es igual para el pavo lo es para la pava, paìs que se retire de la CIDDHH, bien puede permanecer en la OEA. De modo que para formar parte del organismo no es condiciòn ser adherente de la “Comisiòn” como le llaman segùn la propia carta. Aunque, bien vale decir por los vientos que soplan, “dèmosle tiempo al tiempo, pues Insulsa, por lo insulso y otros atributos de signo menos, merece vivir el sàbado que le llagarà a ese puerco”.
Pero Insulza, no ve problemas que sus amos –son vainas de los vasallos- puedan seguir en la OEA sin firmar el Acta de los Derechos Humanos, pero sì en que algùn otro paìs se retire. Pensar que todo el mundo sabe que EEUU no firmò porque no acepta que nadie investigue su conducta, sobre todo sabièndose el campeòon mundial imbatible e insuperable en atropellar los derechos de la gente en el mundo. ¿Còmo van a permitir que una balurda comisiòn de la OEA ose investigar sus actos?
Pero Insulza, hacièndose el desentendido se salta el artìculo 78 de la Carta Interamericana. En èl se establece que cualquier firmante o miembro puede “denunciarla”. Segùn el Drae, eso significa la notificaciòn de la rescisiòn de un contrato, la terminaciòn de un tratado. Sòlo exige un preaviso de un año. Y obliga al Secretario General, ante quien se hace la denuncia, a notificarlo a los Estados miembros. Allì mismo, se señalò que tal decisiòn no desliga al Estado denunciante de las responsabilidades de los asuntos ocurridos y presntados a la comisiòn en fecha anterior.
De manera que una vez màs el Secretario General de la OEA, demasiado “diligente”, aunque torpe y desacertado por servil, mete las cuatro extremidades. ¡Hasta cuàndo ese señor seguirà en esa penosa actitud!
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