viernes, 20 de julio de 2012

EXPLICAN ACERCA DE NUEVAS MEDIDAS ADUANALES EN CUBA

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Explican acerca de nuevas medidas aduanales en Cuba

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Viajeros pasando la aduana del aerpuerto José Martí
Lisandra Romeo Matos
La Habana, 16 jul (AIN) Las nuevas disposiciones aduanales que regulan el pago de derechos arancelarios de artículos sin carácter comercial, destinados a personas naturales, fueron explicadas hoy a la prensa en esta capital.
Directivos de la Aduana General de la República expusieron el contenido de la resolución 122/2012, donde aparece estipulado el precio, según su peso, de los productos que clasifican como miscelánea (ropa, calzado y similares), cuyos envíos se realicen a la Isla por vía aérea, marítima, postal y de mensajería.
Uno de los contenidos principales de la disposición es una tabla que determina el peso del envío y su valor, más el valor gravado y los derechos a pagar, y la cual puede consultarse en el número extraordinario de la Gaceta Oficial de la República de Cuba del dos de julio del 2012, o en la página web de la Aduana.
Tal medida entrará en vigor a partir del tres de septiembre venidero.
De acuerdo con esta, el Ministerio de Finanzas y Precios dictó la resolución 223/2012, la cual conviene que el pago de los derechos arancelarios –hasta bultos de 20 kilogramos- se abonará en pesos convertibles (CUC).
Igualmente, dicha disposición exime de los impuestos a las personas que reciban hasta tres kilogramos, según la relación peso/valor establecida.
Otra resolución, en este caso la 222/2012, también fue abordada por los especialistas aduanales, la cual absuelve del pago de aranceles a quienes en cada viaje importen productos sin carácter comercial por un valor total de hasta 50 pesos y 99 centavos.
Indica, además, que a partir de dicha cifra y hasta un valor de mil pesos, los viajeros deberán abonar una tarifa progresiva.
El pago será en pesos cubanos (CUP) para las personas naturales y extranjeros residentes en territorio nacional en la primera importación de cada año.
A partir de la segunda, el cálculo de los aranceles a pagar se realizará en CUC, y se aportarán en CUP según la tasa de cambio vigente en la Isla.
Foráneos y cubanos residentes en el exterior efectuarán el pago en CUC, según indica legislación que entrará en vigor el próximo dos de agosto.

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