Declaración
del Minrex: Firme rechazo de Cuba a la nueva escalada agresiva de EE.UU.
En este artículo: Bloqueo, Cuba, Estados Unidos, Gobierno, Ministerio de
Relaciones Exteriores (MINREX), Política
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Declaración del Ministerio de Relaciones
Exteriores:
El Ministerio de Relaciones Exteriores rechaza en los términos
más enérgicos la nueva escalada en la conducta agresiva de los Estados Unidos
contra Cuba.
El Departamento de
Estado anunció hoy la decisión de permitir que, a partir del próximo 19 de
marzo y al amparo del Título III de la Ley Helms-Burton, se presenten demandas judiciales en
tribunales de los Estados Unidos únicamente contra empresas cubanas incluidas
en la Lista de Entidades Cubanas Restringidas elaborada por ese gobierno en
noviembre de 2017 y actualizada un año después. Este listado
arbitrario e ilegítimo, dirigido a recrudecer el bloqueo y extender sus efectos
extraterritoriales, prohíbe a los ciudadanos estadounidenses realizar
transacciones financieras directas con las entidades señaladas.
El anuncio del Departamento
de Estado también indicó que suspendería por solo 30 días la posibilidad de
iniciar acciones judiciales por igual concepto en contra de otras entidades
cubanas o extranjeras con vínculos comerciales o económicos en Cuba.
Desde su entrada en
vigor en 1996, la ley Helms-Burton ha procurado universalizar el bloqueo
económico, mediante presiones brutales e ilegales de Estados Unidos contra
terceros países, sus gobiernos y sus empresas. Persigue asfixiar la economía
cubana, y promover o aumentar las carencias de la población con el propósito de
imponer en Cuba un gobierno que responda a los intereses de Estados Unidos.
Por sus pretensiones
ilegítimas y contrarias el Derecho Internacional, la Ley
Helms-Burton y el bloqueo concitan el rechazo universal, reiterado durante casi tres décadas, en los
más importantes organismos regionales e internacionales. El ejemplo más
reciente fue en la Asamblea General de las Naciones Unidas cuando el pasado 1
de noviembre fue objeto de diez votaciones consecutivas de rechazo, en que el
gobierno de los Estados Unidos quedó en absoluto aislamiento.
El título II de la Ley
Helms-Burton dispone que el derrocamiento del gobierno revolucionario, la
posterior tutela del país a cargo de un interventor estadounidense y el
ulterior establecimiento de un gobierno contrarrevolucionario y subordinado a
Washington tendrían como tarea inequívoca la devolución o pago a los antiguos
propietarios de todas las propiedades que sean reclamadas por antiguos dueños o
sus descendientes, hayan sido estadounidenses o no al momento de las
nacionalizaciones o de que las abandonaron. En todo ese período, el bloqueo
económico permanecería en pleno vigor.
Por
consiguiente, los cubanos estarían obligados a devolver, restituir o pagar a
reclamantes de los Estados Unidos por la casa donde viven, el terreno donde se
edifican sus comunidades, la tierra agrícola donde cultivan y producen, la
escuela donde se educan sus hijos, el hospital o el policlínico donde reciben
servicios médicos, donde está su centro de trabajo, donde tienen un negocio
particular, además de por los
servicios de electricidad, agua y comunicaciones subsidiados que disfruta la
población.
Es una pretensión solo
concebible en las mentes de quienes identifican a Cuba como una posesión
colonial. Según dispone la ley Helms-Burton, el bloqueo económico sólo se
podría levantar cuando se haya alcanzado esa ambición.
Esta ley descansa
sobre dos mentiras fundamentales: la noción de que las nacionalizaciones
llevadas a cabo poco después del triunfo revolucionario fueron ilegítimas o
indebidas y que Cuba constituye una amenaza a la seguridad nacional de los
Estados Unidos.
Las nacionalizaciones cubanas se llevaron a cabo amparadas por
leyes, con estricto apego a la Constitución y en conformidad con el Derecho Internacional. Todas las nacionalizaciones contemplaron
procesos de compensación justa y adecuada que el gobierno de los Estados Unidos
se negó a considerar. Cuba alcanzó y honró acuerdos globales de compensación
con otras naciones que hoy invierten en Cuba como España, Suiza, Canadá, Reino
Unido, Alemania y Francia.
La verdadera amenaza a
la paz y la seguridad de la región son las declaraciones y acciones
irresponsables del gobierno de Estados Unidos y los planes desestabilizadores
contra América Latina y el Caribe en el afán declarado de imponer la doctrina
Monroe.
La Ley de Reafirmación
de la Dignidad y Soberanía Cubanas del 24 de diciembre de 1996, establece que
la Ley Helms-Burton es ilícita, inaplicable y sin valor ni efecto jurídico
alguno. Considera nula toda reclamación amparada en dicha ley, por cualquier
persona natural o jurídica.
Según estipula esa
ley, las reclamaciones de compensación por las propiedades nacionalizadas
podrán formar parte de un proceso de negociación sobre la base de la igualdad y
respeto mutuo entre los gobiernos de Cuba y los Estados Unidos, “examinadas de
conjunto con las indemnizaciones a la que el Estado y el pueblo cubanos tienen
derecho con motivo de los daños y perjuicios causados por el bloqueo y las
agresiones de todo tipo cuya responsabilidad corresponde al gobierno de los
Estados Unidos”. Aclara, a la vez, que quedará excluido de futuras posibles
negociaciones quien utilice los procedimientos y mecanismos de la Ley
Helms-Burton en perjuicio de otros.
El gobierno cubano reitera a los socios económicos y las
empresas extranjeras que operan en Cuba todas las garantías para la inversión
extranjera y los proyectos conjuntos. La Constitución Cubana, ratificada por amplia mayoría en
referendo el pasado 24 de febrero de 2019, en su artículo 28 reconoce también
esas garantías, incorporadas en la Ley de Inversión Extranjera No. 118 del 29
de marzo de 2014.
La decisión de hoy
impone obstáculos adicionales a nuestros objetivos de desarrollo y progreso
económico, pero Estados Unidos continuará fracasando en su objetivo central de
someter por la fuerza la voluntad soberana de los cubanos y nuestra determinación de construir el
socialismo. Prevalecerá el sentimiento mayoritario de los pueblos de Cuba y
Estados Unidos que favorece la mejoría de las relaciones y el desarrollo de una
convivencia civilizada y respetuosa.
La Habana, 4 de marzo
de 2019
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