Constitución Cubana
Por Lorenzo Gonzalo, 17 de febrero del 2019
La descolonización de
América, al Norte y al Sur, comenzó con la independencia de la porción del
Norte bautizada como Estados Unidos de América. La otra porción, Canadá,
mantuvo sus vínculos con Inglaterra.
Los colonos llegados a
ese territorio, eran en gran medida, independientes de sus países de orígenes,
por tanto, sus valores respondían superficialmente a la Metrópoli a diferencia
de lo sucedido con los aventureros españoles, quienes ciegamente respondían al
reinado y la religión católica, credo oficial del gobierno español de esa época.
Imbuidos de un alto
espíritu religioso, la mayoría de esos colonos estaban felices de haber
encontrado una vía para escapar a las persecuciones religiosas y políticas que
tenían lugar en la Europa de los siglos XVI y XVII. En consecuencia,agradecieron
su destino a la divinidad, más que a las circunstancias económicas que obligaban
a aquel continente a buscar nuevas vías de abastecimiento. Para explicarse el
nuevo estatus, fantasearon con la idea de haber sido escogidos por la
“divinidad” con un propósito manifiesto. Aun cuando profesaban múltiples
religiones, entre ellas la episcopal, guía espiritual de la Corona Británica,
colectivamente concluyeron que la nueva región era la “tierra prometida” que
menciona la biblia. Haber sido “escogidos” por la divinidad, seres
“destinados”, conformó paradigmas que aún hoy rigen peligrosamente gran parte
del sentimiento nacional.
Ese sentido divino los
llevó a la creación de una Carta Magnacuando se independizaron definitivamente
de Inglaterra. En ese Documento, procuraron garantizar la perfección y el balance
del poder terrenal, para bien de todos los credos religiosos y las creencias
políticas. Y aunque no fue así desde su inicio, sucesivas Enmiendas fueron
otorgando derechos a los habitantes del país.
Lo que define como
capitalista a esa constitución es que convierte la propiedad privada en eje
esencial de la actividad económica, otorgándole un sentido absoluto.
El evento más importante
de la independencia de la Norteamérica estadounidense, fue la creación de la
primera Constitución moderna. A partir de ella se conformaron el resto de las
constituciones latinoamericanas y también las europeas de occidente. La
Constitución rusa actual, prioriza definir la organización de gobierno y sus
funciones generales, además de otros aspectos. En ese sentido, es un reflejo
del espíritu de la Constitución estadounidense cuyo interés primordial fue
definir cómo tiene que ser el gobierno de modo que los márgenes para que una
persona se apropie del poder absoluto, sea prácticamente imposible.
Considero que las
constituciones deben ser algo así como un “mantra” que sirva como referencia
general para la administración de un gobierno. Nunca un asidero de normas que
ponga límites y mucho menos trabas al proceso evolutivo. De aquí su importancia
universal. José Martí decía que no debía tener un sentido ideológico.
En breve, Cuba someterá
a referendo un proyecto constitucional ya terminado, luego de múltiples
discusiones, donde las orientaciones de los sectores de Poder jugaron un papel
fundamental, fenómeno que siempre sucede en todos los eventos democráticos, por
más “libertades” que proclamen los adalides de las llamadas “democracias
representativas”.
El núcleo central de
dicha Carta Magna, se propone garantizar el curso de gobierno con miras a una
organización socialistas de gobierno y sociedad, para lo cual define la
economía como una combinación de propiedad estatal, propiedad privada y
propiedad cooperativa, aunque esta última no cuenta con los elementos de
iniciativa privada característica a esta forma de organización productiva. Por
otro lado, al colocar la propiedad estatal por encima de las otras, limita
injustificadamente para los tiempos actuales ylas experiencias china y
vietnamitas ( homólogos en propósito del proyecto cubano), el proceso evolutivo
que un documento de esa naturaleza debe considerar como elemento esencial. No
es menos cierto que se queda corta en ese como en otros aspectos,
contradiciendo el derecho a la inversión extrajera, con las limitaciones
impuestas a los nacionales para tales propósitos y eludiendo el derecho de los
emigrados a ser parte del proceso económicos, especialmente en lo referente a
la inversión, tal y como lo establecen China y Vietnam en su Carta Magna
orientada a la organización de una sociedad y gobierno socialistas.
Sin embargo, el
acontecimiento más importante, luego del triunfo insurreccional revolucionario
de 1959, sobre la dictadura de Fulgencio Batista y el comienzo de un proceso
revolucionario que zigzagueó entre profundas reformas iniciales hasta llegar a
abrazar finalmente el fracasado modelo soviético, lo constituye este
acontecimiento que tendrá lugar el 24 de febrero.
La Nueva Constitución
cubana, aun con todos sus defectos y los muchos detractores que han salido a su
paso, es un hecho singular que abre el camino de la participación ciudadana, del
modo más democrático posible a estas alturas de las agresiones estadounidenses
y de las intromisiones bochornosas en el proceso venezolano.
Por vez primera se
establece que Cuba es un Estado de Derecho, palabra que hasta hace poco
asustaba a la izquierda y que sigue siendo malentendida por la derecha, la cual
considera ese tipo de Estado como el derecho del dinero por encima de la
justicia ciudadana. En su letra queda consagrada el fin de las detenciones
arbitrarias, y el derecho ciudadano a ser representado por un abogado de su
escogencia dentro de un breve período de tiempo, luego de su detención.
La libertad de
pensamiento y expresión está consagrada en el Artículo 54 y la libertad de
prensa en el Artículo 55 aunque añade, sin que esto otorgue mucha claridad a
ambos postulados, que “los medios fundamentales de comunicación social, en
cualquiera de sus manifestaciones y soportes, son de propiedad socialista de
todo el pueblo o de las organizaciones políticas, sociales y de masas; y no
pueden ser objeto de otro tipo de propiedad”. No obstanteeste tipo de equívos,
el lenguaje del Magno Documento deja abierto el espacio para futuras
discusiones constitucionales que obligadamente habrán de sucederse en un
futuro, en la medida que el elemento ideológico soviético quede totalmente
erradicado del pensamiento de la mayoría gubernamental, creando avenidas para
sucesivas enmiendas que la adecuen al paso de las circunstancia.
A pesar de la amplitud
del texto, abordando aspectos que en la realidad competen directamente a la
aprobación de Leyes y Decretos, los elementos positivos y consecuentes que
ofrece, alejándose de algunos viejos conceptos violatorios de derechos
considerados inherentes al ser humano en esta etapa de la humanidad, el
Documento permite continuar el proceso con una mejor ventilación.
Obviamente no comparto
la integridad del texto y considero que viejos elementos económicos que dieron
al traste con el modelo soviético (señalo como ejemplo la planificación,
elemento fracasado en su acepción original) no facilitarán un mejoramiento de
la eficiencia económica. Esto me recuerda a los vietnamitas, quienes, rodeados
por las sanciones impuestas por Estados Unidos durante mucho tiempo, una vez
que adoptaron formas productivas acordes con las posibilidades globales
existentes, vieron como el Coloso de Norte, sin ser invitado, tocó a sus
puertas para tener algún derecho a participar.
Ahora bien, las
objeciones personales, de uno y otro bando, de aquellos opositores de oficio
que desprecian la existencia de un Estado con un sentido social por encima del
individual, como el de aquellos otros que defienden sus criterios socialistas y
el derecho a debatir cuáles deben ser las mejores definiciones conceptuales, su
rechazo al dogmatismo y al oficialismo como única verdad, no pueden en modo
alguno, rechazar, ni siquiera recomendar una votación negativa o la abstención,
a la hora de votar a favor de la Nueva Constitución.
Ningún documento ha sido
más importante, luego del triunfo insurrecto revolucionario, de la Primera y
Segunda Declaración de La Habana y de la fundación de los Poderes Populares a
mediados de la década del setenta, como la Propuesta de la Nueva Constitución
Cubana.
Votar a
su favor en un deber de ciudadano, de patriotismo y de confianza en el porvenir
de un proceso que el nuevo Documento, necesariamente va a desencadenar.
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